viernes, 19 de diciembre de 2008

DERECHO DEL TRABAJO

Generalidades:
Toda actividad humana se basa en normas, así por ejemplo al momento en que nos encontramos en clases se ha fijado reglas para un mejor desarrollo del dictado del curso y la forma como se va aplicarlas. Esta estructura que no se encuentra escrita en ningún libro un menos reglamento alguno esta creando derechos y obligaciones que deben ser cumplidas tanto por el docente como por el estudiante, esto ya pasaba ser un derecho.
Desde épocas inmemorables se podría decir que el ser humano empezó a dejar el espíritu naturalista, comenzó a crear reglas sociales que posteriormente con el paso del tiempo se han perfeccionado y luego se han convertido en sistemas jurídicos que ahora conocemos.
En su momento vamos a analizar los conceptos y definiciones del derecho así como de normas jurídicas de acuerdo a las opiniones que nos brinden cada uno de los tratadistas sobre el tema, pero ahora es necesario.
¿Para que servirá el Derecho Laboral o del Trabajo a los estudiantes de la escuela de Ciencias administrativas?
Como la carrera de Ciencias administrativas tiene su meta formar administradores de empresas, es fundamental que se tenga conocimientos básicos sobre lo que es el derecho del trabajo laboral, pues cuando asuman su rol en la sociedad van a laborar como directivos de confianza de empresas privadas o publicas y en muchos casos tendrán a su cargo personal, por lo que es necesario que tengan una idea clara de los derechos y obligaciones del personal a su cargo.

Tema: Los antecedentes y orígenes del Derecho del Trabajo.
Para tener una idea de lo que es la historia del derecho del trabajo tenemos que hacer una separación entre lo que es el Trabajo en si y lo que es el derecho, para ello tenemos que hacer una retrospección al momento en que se empieza a conocer el trabajo como un hecho social o que hace la diferencia entre lo que es el trabajo en comunidad y lo que es el trabajo por 'obligación o como un acto humano, para ello tenemos que comenzar a revisar las diversas etapas en que el hombre ha evolucionado desde la prehistoria hasta el momento actual lo que llamaríamos ha historia del trabajo.

Los talleres artesanales
En estas ciudades estaban los artesanos quienes lograron la primera forma de trabajo en forma de dependencia ya que tenía a su cargo varias personas para las que trabajaban quienes mayormente trabajaban al destajo los más antiguos y estaban organizados de la siguiente forma.
a) Los aprendices: eran adolescentes o persona que quería aprender un oficio para lo cual firmaba un contrato por 07 años con el maestro, este contrato era firmado por los padres o tutores, se exigía al aprendiz disciplina rígida que era acatada sin reclamo por él.
b) El maestro: Quien era el dueño de los medios de producción el que enseñaba el oficio al aprendiz y tenia a su cargo a otros trabajadores que eran :
c) Los oficiales o compañeros: Estos constituían la mayor fuerza del trabajo, pues una vez que aprendían todo podía dejar el taller e instalarse en forma independiente, debiendo trabajar a destajo hasta que se convierta en maestro. Los requisitos para ser maestro eran fijados por la corporación o sociedad de artesanos, quienes exigían al oficiad realice una obra maestra, rendir un examen ante un jurado y obtener después de ello previó pago a la Corporación Los derechos exigidos los que eran muy elevados, por lo que mayoría de oficiales siempre se quedaban en dicho cargo, siendo solamente un grupo de privilegiados los que realizaban el manejo de.-las corporaciones , quienes decidían cuantos talleres debían funcionar , calidad de mismo y sobre todo la ayuda que se le daba al maestro ,esa fue una de las forma ya de una nueva clase dominante en el aspecto artesanal.
Como existía descontento de parte de los compañeros u oficiales estos empezaron a reunirse clandestinamente para defender sus intereses lo que se como una de las formaciones previas a los sindicatos.

CONCEPTO DE DERECHO: El Derecho es algo específicamente humano, obra racional y como tal producto de la voluntad y perteneciente al imperio de los fines. El Derecho cae baja la categoría lógica de la relación de medio a fin, es siempre un medio para un fin (toda norma jurídica se propone algo, tiende a la consecución de que aspira a algo). Esta mecánica teleológica, de fines que mueve la energía típicamente racional de la voluntad, es, el núcleo de toda ciencia social, mientras que las ciencias naturales se rigen por la ley antitética, por la ley de la causalidad en el mundo de la naturaleza no hay más que causa y efectos solo el mundo de la razón, el mundo se volitivo se mueve por medios y fines Ya tenemos, pues, la primera nota lógica, determinante del concepto del DERECHO es, siempre y necesariamente, voluntad.

CONCEPTO DE TRABAJO: Es la actividad que realiza los seres humanos destinados a extraer de la naturaleza bienes y luego trasformarlos para cubrir las necesidades individuales y sociales. Diremos en sentido mucho mas amplio que el trabajo es la actividad que realizamos todos los seres humanos a efectos poder desarrollar nuestra sociedad, atendiendo con ello que aún la prestación de servicios se encuentran dentro de la producción.

Definición del Derecho del Trabajo: Para la doctrina de los países capitalistas el Derecho del Trabajo es un conjunto de normas que rigen la prestación del trabajo en relación de dependencia de una remutación.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO DEL TRABAJO

a) Económico: La remuneración es una parte del profeso de la producción pues uno de sus elementos por los cuales el empleador al momento planificar su ganancia elabora los costos de la producción a través de las remuneraciones de sus trabajadores.
b) Carácter defensivo: El derecho del trabajo se ha originado a efectos de que se respete los derechos del trabajador para evitar abusos de parte del empleador ,pues se encuentra en condición superior al mismo que se le permite siempre tener la mejor ganancia.
c) Carácter expansivo: Como se va desarrollando y perfeccionando la sociedad el derecho del trabajo tiende a ampliar su campo de aplicación y contenido siendo este crecimiento horizontal y vertical para mejorar los derechos sociales de los trabajadores.
d) Carácter Diferencial: Los derechos de los trabajadores se van diferenciado y clasificándose, pues no todos realizan la misma actividad, por lo que derecho les hace la diferencia, entre trabajadores marítimos, portuarios, de construcción civil, pescadores y cada une de ellos les fija su propio régimen por tener diferencias unos a otros.
e) Carácter derecho privado: Como hemos dicho para la aplicación del derecho laboral este se hace entre la relación del trabajador con el empleador mediante un contrato de trabajo que no interviene el estado ni en la fijación de la remuneración, ni en las condiciones del mismo velando solo por el cumplimiento de las normas de sanidad derechos consagrados en las normas.


Partes del Derecho Laboral: Metodológicamente hemos querido Subdividir al derecho del Trabajo:
a) Derecho del Trabajo individual: Que es una rama del derecho que vamos analizar a través de toda la exposición del curso, donde esta detallado lo que es el contrato de trabajo sus efectos los derechos y obligaciones de !os trabajadores y del empleador.
b) Derecho del Trabajo Colectiva : Es una sub- rama del derecho del Trabajo que regla las relaciones entre las agrupaciones sindicales que defienden el derecho de sus trabajadores y los empleadores a través de sus representantes a esto se le llama Negociación Colectiva.
c) Derecho del Trabajo Procesal: Es el conjunto de normas que regulan el proceso laboral, sobre los derechos vulnerados a los trabajadores esto ya en el poder judicial.

domingo, 30 de noviembre de 2008

DEFINICIÓN DE DERECHO LABORAL

En su aspecto normativo, puede definirse como un conjunto sistemático de normas de derecho, voluntario y necesidades que rigen las relaciones que, con motivo de la prestación del trabajo personal subordinado, surge entre patrones y trabajadores de unos y otros entre si y de unos y otros para con el estado, además de otros aspectos de la vida de los trabajadores.

sábado, 29 de noviembre de 2008

Analizando el Despido

Los hombres a lo largo de su vida asumen responsabilidades, una de ellas es de carácter laboral, para ello cumplen con realizar las tareas encomendadas a cambio de una retribución; pero en algunas circunstancias estos son apartados de sus puestos de trabajo ya sea por causas justificadas o por otra causales; una forma de apartarlo de su centro de trabajo y de forma definitiva es a través del despido.
El despido viene a ser la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado. Alonso Olea considera a despido como una institución causal, como la resolución del contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario.
El despido tiene una serie de caracteres, tal como lo señala Montoya Melgar, quien indica que el despido, es una extinción de la relación de trabajo, fundada exclusivamente en la voluntad unilateral del empleador, el cual presenta los siguientes caracteres: Es un acto unilateral del empleador, para cuya eficacia la voluntad del trabajador es innecesaria e irrelevante; es un acto constitutivo, por cuanto el empresario no se limita a proponer el despido, sino que él lo realiza directamente; es una acto recepticio, en cuanto su eficacia depende de que la voluntad extintiva del empleador sea concedida por el trabajador, a quien está destinada; es un acto que produce la extinción contractual, en cuanto cesan a futuro los efectos del contrato.
El despido significa la existencia de una rotura en la relación existente entre trabajador y empleador, pero debe tenerse presente que el despido es una facultad del empleador, es decir es la facultad unilateral la cual es limitada, debido a esto ante la posibilidad de un despido en forma arbitraria (discrecional), se exige que el empleador se base en una causa justa, pues de lo contrario el despido realizado carecería de validez y eficacia.
Pero el despido si bien es cierto significa la extinción de la relación laboral, esta debe ser justificada, por ello es necesario conocer las causas que pueden justificar el despido, aquellos hechos que al producirse facultan al empleador para extinguir válidamente el contrato de trabajo.
Debemos saber que uno de las causas del despido es el incumplimiento por parte del trabajador de sus deberes, siendo considerado en este caso como “una sanción laboral, la más grave de las que puede imponer el empresario”.
Un jurista reconocido: Plá Rodriguez considera que hay tres clases de motivos en que se pueden encuadrarse las causas justificadas del despido: las relaciones con la conducta del trabajador, las relaciones con la persona de éste y las relaciones con la empresa.

Derecho laboral